La regulación del abastecimiento y el saneamiento marca el paso en Europa. ¿Hacia donde vamos?
Existe un debate actual en nuestro sector, que afronta el asunto de la idoneidad o no de disponer de mecanismos que regulen el servicio prestado por los operadores, sean estos públicos o privados. Pero no entendiendo la Regulación como una moda o como un proceso burocrático y administrativo de gobernanza, sino como una estrategia para garantizar unos mínimos de calidad en el servicio a los ciudadanos, y al mismo tiempo para establecer mecanismos de recuperación de costes (operativos, ambientales, inversiones, financieros, capital, de oportunidad), y de garantía de rentabilidades económicas asociadas a los procesos productivos y de negocio.
¿Existe una estabilidad en el marco de la inversión en infraestructuras?
El sector financiero necesita disponer de una seguridad jurídica y financiera como condición para participar en los procesos de inversión y financiación de infraestructuras del ciclo integral del agua; es decir, disponer de una estabilidad regulatoria que proporcione seguridad: en la estructura de ingresos durante la duración del contrato o la concesión, en la recuperación de los costes, en la gestión de los riesgos de oferta y demanda, en la aplicación de la legislación medioambiental para el cumplimiento de los estándares europeos (garantía de durabilidad de las infraestructuras), en la propia estructura de la cadena de suministro (captación, aducción, agua en alta, almacenaje, tratamiento, agua en baja, depuración, vertido y reutilización), en los mecanismos de aprobación de tarifas y, por último, en los subsidios y mecanismos de compensación existentes. Dicho de manera resumida, necesitan un marco estable que afronte definitivamente la cuestión de la sostenibilidad económica y ambiental.
Las exigencias básicas del suministro de agua se resumen en cuatro palabras: “continuidad, calidad, precio y protección ambiental”. Para llegar a un punto de equilibrio -fundamentalmente en costes y en calidad de servicio- se requiere de un gran consenso de los actores intervinientes. La situación actual en España es de una completa descentralización, con la existencia de una pseudo-regulación a nivel municipal pero sin estándares de servicio a nivel regional o estatal. En opinión de muchos, el mercado del agua en España no es un “mercado ideal”, tiene “fallos” (muchos de ellos tienen que ver con la propia financiación de los servicios) que podrían ser solucionados mediante regulación de carácter técnica, que aportase estabilidad jurídica y financiera para poder alcanzar los objetivos sociales, económicos y ambientales que impone la normativa europea.
¿Es necesario disponer de un regulador?
En España actualmente existen más de 8.000 municipios y por tanto igual número de estructuras tarifarias y normas regulatorias de los servicios; esto da lugar a la existencia de una gran dispersión en la calidad del servicio prestado, y en el propio significado de “sostenibilidad” y “eficiencia” para cada uno de los operadores. En países de nuestro entorno han optado por la creación de un regulador que vigila la sostenibilidad y la eficiencia de los servicios, sin embargo, no hay obligación alguna por parte de la CE. Sobre la hipotética “localización” de la regulación, habría básicamente dos posibilidades, a nivel de estatal o a nivel autonómico; quizás en éste último ámbito es donde se están dando los pasos más evidentes -véanse casos de Andalucía y Cataluña-, pero analizando pros y contras, parece que lo ideal sería disponer de regulación a nivel nacional, por razones de menor coste de regulación, mayor coordinación con Europa, menor incertidumbre regulatoria, y mayor objetividad y transparencia.
Para analizar su idoneidad habría que estudiar previamente, en primer lugar, los sistemas existentes de aprobación de normativas y tarifas a aplicar por las administraciones locales (pros y contras de una posible homogeneización) y, en segundo lugar, las capacidades actuales para supervisar el cumplimiento de objetivos de calidad del servicio.
¿Hay que homogeneizar reglamentos y tarifas?
Recientemente la AEAS elaboró junto con la FEMP unos “reglamentos tipo” para abastecimiento y saneamiento, con la idea de homogeneizar las características del servicio (derechos de acceso, causas para la suspensión del suministro, periodicidad de facturación, plazos y formas de pago, esquemas de instalación de suministro, contratos tipo…). También se elaboró una “guía de tarifas”, pretendiendo cubrir necesidades derivadas de la Directiva Marco del Agua, del Plan General Contable y del Plan Nacional de Calidad de las Aguas; destacan el establecimiento de un equilibrio económico-financiero a largo plazo, la aportación de herramientas para la recuperación integral de costes, las estructuras tarifarias progresivas, la homogeneidad de estudios tarifarios, y la recomendación de tarifas de carácter plurianual ligadas a los compromisos adquiridos (en contraposición a la aprobación anual con demasiada preponderancia de criterios políticos).
¿Cuáles son las perspectivas regulatorias existentes?
Deben tenerse en cuenta tres perspectivas conceptuales. La primera sería la “arquitectura institucional”, que abarca la necesidad de transparencia en los compromisos adquiridos, la credibilidad a aportar, la rendición periódica de cuentas a la sociedad en general… La segunda sería la “conducta”, que define la posible homogeneización de políticas tarifarias, los incentivos a implementar en el modelo, el análisis de la calidad del servicio, las necesidad de inversión… Y por último, la tercera sería la “estructura”, que trata sobre el modelo de concentración horizontal de operadores, el grado de separación vertical de las actividades de generación y distribución, las reglas de competencia…
Es evidente que los incentivos del modelo pueden ser la variable clave en este proceso: un marco conceptual de “regulación por incentivos” establece mecanismos económicos en el control de calidad del servicio prestado, ya que, en caso contrario se tiende de forma natural a minimizar costes y en muchos casos esa práctica puede conllevar una disminución de la propia calidad (reducción de inversiones, estructuras obsoletas…).
¿Cuál es el papel de la regulación?
En los países europeos donde se establece un organismo regulador, las metas son: capacidad de transmitir las políticas preestablecidas en las aprobaciones de tarifas, mejora en la transparencia, actuación como árbitro cualificado entre la administración local y el operador, garantía de homogeneidad tarifaria, adecuación de los sistemas tarifarios a las exigencias europeas (cumplimiento de los plazos DMA), fiscalización de los cánones finalistas para la financiación de infraestructuras, implementación de precios según indicadores de calidad de servicio, y práctica del “benchmarking” como comparación entre operadores.
En cuanto a su organización interna, el regulador suele ser la autoridad funcional en la materia regulada, dispone de capacidad administrativa para poder aplicar la ley, es un ente estable en el tiempo, y está coordinado con la política medioambiental y económica europea. La tendencia observada es, en primer lugar, definir las principales variables para catalogar costes, a partir de ahí, facilitar la comparación de los mismos, definir mejoras de eficiencia y, posteriormente, abordar la cuestión de los precios. Se imponen mecanismos de ajustes de precios en función de la eficiencia demostrada, ligándolos al cumplimiento de los compromisos de inversión y a la obtención de objetivos de gestión (parámetros técnicos, económicos, medioambientales); el ajuste de precio debe reconocer las mejoras de eficiencia y la debida retribución económica al operador, para de esta forma hacer atractivo el sector desde un punto de vista económico-financiero y atraer capital. Un ejemplo sería adaptar el precio del agua según la mejora del rendimiento, ya que el mayor precio compensaría el mayor coste que supone disponer de una red más eficiente, se produce un mejor equilibrio ingreso/coste.
No existe solución única, el avance en el diagnóstico y el consenso, nos llevará a encontrar soluciones idóneas.
Fuente :http://www.iagua.es