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Bruselas expedienta a 16 países, España incluida, por el retraso en sus planes hidrológicos

La Comisión Europea decidió incoar un procedimiento de infracción mediante el envío de cartas de emplazamiento a Bélgica [INFR(2022)2188], Bulgaria [INFR(2022)2189], Croacia [INFR(2022)2193], Chipre [INFR(2022)2190], Dinamarca [INFR(2022)2184], Grecia [INFR(2022)2191], Irlanda [INFR(2022)2185], Lituania [INFR(2022)2194], Luxemburgo [INFR(2022)2186], Malta [INFR(2022)2195], Polonia [INFR(2022)2196],Portugal [INFR(2022)2197], Rumanía [INFR(2022)2198], Eslovaquia [INFR(2022)2187], Eslovenia [INFR(2022)2199] y España [INFR(2022)2192] por no finalizar la revisión de sus planes hidrológicos de cuenca, de conformidad con la Directiva marco sobre el agua (Directiva 2000/60/CE) o de sus planes de gestión del riesgo de inundación, de conformidad con la Directiva sobre inundaciones (Directiva 2007/60/CE). Ambas Directivas disponen que, cada seis años, los Estados miembros actualicen sus planes hidrológicos de cuenca y sus planes de gestión del riesgo de inundación, respectivamente, y que informen al respecto. Los planes hidrológicos de cuenca incluyen un programa de medidas que son fundamentales para garantizar el buen estado de todas las masas de agua, tal como requiere la Directiva. Los planes de gestión del riesgo de inundación están elaborados sobre la base de mapas que muestran las consecuencias adversas potenciales asociadas a los escenarios de inundación.

La gestión sostenible del agua es un elemento clave del Pacto Verde Europeo. Los siguientes Estados miembros han incumplido las obligaciones que les incumben en el marco de una o ambas de estas Directivas:

  • Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, Grecia, España, Lituania, Malta, Portugal, Rumanía y Eslovenia no han revisado o adoptado sus respectivos planes hidrológicos de cuenca de tercer ciclo y sus planes de gestión del riesgo de inundación de segundo ciclo, o no han informado de ello en el plazo previsto;
  • Dinamarca, Irlanda y Polonia no han respetado los plazos legales por lo que se refiere a la revisión, adopción y notificación de los sus planes hidrológicos de cuenca de tercer ciclo;
  • Luxemburgo y Eslovaquia no han respetado los plazos legales por lo que se refiere a la revisión, adopción y notificación de sus planes de gestión del riesgo de inundación de segundo ciclo.

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Comisión Europea